jueves, 20 de marzo de 2014

DERECHO PENAL

1. Definición.

El Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.

Cuando se habla de Derecho penal se utiliza el término con diferentes significados, de acuerdo con lo que se desee hacer referencia; de tal modo, puede hablarse manera preliminar de un Derecho penal sustantivo y, por otro lado, del Derecho penal adjetivo o procesal penal.

El primero de ellos está constituido por lo que generalmente se conoce como código penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el Estado, que establecen los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de las mismas.






2. Ley que regula el Derecho Penal.

Código penal Español de 1995.

 
3. Diferencia entre Delito y Falta.
 


La diferencia entre estas categorías reside en que los delitos son castigados con penas de reclusión o con multas mientras que las faltas son sancionadas con penas de arresto y, en su defecto, con multas. Las faltas son, generalmente, menos graves que los delitos y pueden considerarse, en este sentido, como un delito menor.





4. Esquema de tipos de penas.

- Penas en función del bien jurídico afectado


+ Penas privativas de libertad.

+ Prisión.

+ Localización permanente

+ Responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa.

+ Penas privativas de derechos.

+ Pena de multa.



- Penas en función de su naturaleza y duración 

+ Penas graves.

+ Penas menos graves.

+ Penas leves.

- Penas en función del carácter con el cual se imponen


+ Penas principales: aparecen impuestas específicamente en un delito y no dependen de otras para su imposición.

+ Penas accesorias: no están previstas específicamente para el delito, sino que dependen de la imposición de una pena principal. Acompañan a otras penas y su duración depende de ésta.



- Penas en función de su composición


+ Penas únicas: aquéllas que consisten en una única pena de determinada naturaleza.

+ Penas cumulativas: aquéllas que están constituidas por la acumulación de dos o más penas de distinta naturaleza que deberán aplicarse conjuntamente. En estos casos no puede hablarse de una pluralidad de penas.

+ Penas alternativas: aquellas penas de distinta naturaleza que el legislador establece para un delito con el fin de que el juez pueda optar en el caso concreto por una sola de ellas con exclusión de la otra. - Penas en función del momento de su determinación

+ Penas originarias: las que establece el legislador como pena típica para un delito determinado.

+ Penas sustituyentes: aquellas penas de naturaleza distinta a la de una pena originaria.

- Penas en función de quien las reciba


+ Penas personales: para personas físicas.
+ Penas impersonales: para personas jurídicas.


5. Cinco ejemplos de delito y la pena que le corresponde.

Corrupción y delitos económicos -Tipos de penas para algunos delitos:
Sanciones para los directivos de las entidades en las que se cometan delitos, administradores concursales pueden ser condenados por malversación y cohecho,  Se castiga la corrupción en el sector privado o de un agente público extranjero con el fin de neutralizar los casos en los que, mediante el pago de sobornos en beneficio propio o de tercero... etc


Libertad condicional - Tipos de penas para estos delitos:
Una vez en libertad el penado vuelve a delinquir, podrá ser devuelto a la cárcel,
Los condenados por primera vez a penas de hasta tres años y con conducta irreprochable podrán acceder a la libertad condicional a mitad de la condena, frente a los dos tercios actuales, acordar o revocar la libertad condicional... etc



Protección de la mujer:  - Tipos de penas para estos delitos:
Se castigan los actos reiterados de acecho u hostigamiento mediante llamadas telefónicas continuas, seguimientos o cualquier otra fórmula que pueda lesionar gravemente la libertad y el sentimiento de seguridad de la víctima, Se pena la divulgación no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima... etc



Menores: - Tipos de penas para estos delitos:
La realización de cualquier acto de carácter sexual con menores de 16 años será considerado un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones sexuales consentidas entre personas de similar grado de madurez y desarrollo, que en ningún caso serán penalizadas.


- Será delito hacer presenciar a un menor de 16 años relaciones de terceros o abusos cometidos sobre terceros. También lo será contactar con él a través de medios tecnológicos para embaucarle y que facilite imágenes pornográficas. 


- Se elevan las penas de los delitos de prostitución que afectan a menores o personas discapacitadas y se considerará pornografía infantil imágenes realistas de menores participando en conductas sexuales explícitas, aunque no sean reales.



Asesinato y detención ilegal: - Tipos de penas para estos delitos:

- Se tipifica como asesinato el homicidio que se cometa para facilitar la comisión de otro delito o para evitar ser descubierto. 


- Se establece el homicidio agravado si la víctima es menor de 16 años o es una persona especialmente vulnerable y cuando esté presente un móvil sexual. También lo serán si se comete sobre agentes de la autoridad o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. 


- La detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima se castigará con una pena similar a la del homicidio (de 10 a 15 años de cárcel) y en caso de secuestro se elevará a entre 15 y 20 años. Estas penas se ven aumentadas hasta un máximo de 25 años si la víctima es menor de edad o está presente un móvil sexual en la comisión del delito. 



Hurto y robo: -Tipos de penas para este delito:

- La falta de hurto pasa a ser un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los 1.000 euros. 


- En caso de delincuencia profesional y organizada se podrá condenar con penas de uno a tres años de prisión, y en los casos más graves a cuatro años de cárcel. 


- Se considerará delito de hurto,cuando se produzcan en circunstancias como el desamparo de la víctima y el pillaje que puede darse en situaciones de catástrofe; la profesionalidad; la utilización de menores de edad; y el hurto sea de conducciones de suministros eléctricos o de cableado de telecomunicaciones. 


PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

La presunción de inocencia es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla. Solamente a través de un proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona, podrá el Estado aplicarle una pena o sanción.


-Cinco ejemplos de Derecho Penal

1. Cadena perpetua:  
 http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/04/20/actualidad/1334923977_031156.html

En la cadena perpetua, hay gente que se lo toma a la ligera, que no piensa realmente las consecuencias o si es culpable o inocente. Normalmente siempre se tiende a la culpabilidad y sobretodo a que se le impongan la pena máxima de cárcel. No es un tema que sea fácil de solucionar.

2. La Fiscalía Superior pide endurecer las penas:
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/08/02/andalucia/1375449166_139510.html

La Fiscalía Superior de Andalucía, esta planteando una reforma para cuidar el patrimonio histórico.

3.
El fiscal pide para el exalcalde de Elche tres años y dos meses por maltrato.

 http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/02/26/valencia/1393432931_712226.html

La exmujer del exalcalde lo denuncia por maltrato, pero la denuncia queda puesta en duda por que puede ser falsa.

4.
Unos ladrones maniataron a la condesa de Romanones en su casa.
 http://elpais.com/elpais/2014/03/19/gente/1395224535_851681.html

La condesa Romanones fue asaltada en su casa por unos ladrones.

5. Detienen a presunta autora intelectual de asesinato del director penal El Milagro

  http://www.larepublica.pe/05-11-2013/detienen-a-presunta-autora-intelectual-de-asesinato-del-director-de-penal-el-milagro

Una pareja planeó la muerte de un funcionario. Primero culparon al marido, pero poco después también se encarceló a la esposa. Ya que eran los dos culpables.


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